Términos del Programa de Referidos Bre-Check

Versión 2026-06-01 · Vigente desde junio 2026

1. Quién opera el programa

El programa de referidos de Bre-Check (en adelante, "el Programa") es operado por BRE-CHECK SAS, sociedad por acciones simplificada inscrita en la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia bajo Matrícula Mercantil No. 21-848982-12, domiciliada en Medellín, Antioquia, Colombia, propietaria de la marca Bre-Check. El NIT está en trámite ante DIAN; cuando sea asignado reemplazará la referencia a la matrícula en este documento.

2. Quién puede ser referidor

Puede participar en el Programa cualquier persona natural mayor de edad, residente en Colombia, que se registre voluntariamente en bre-check.com/referidos/registro, aporte sus datos personales y bancarios verídicos, y acepte estos Términos.

También pueden participar personas jurídicas (con matrícula mercantil) que se registren aportando su NIT y razón social.

3. Cómo funciona

  1. El Referidor recibe un código único alfanumérico al registrarse.
  2. Cuando un negocio se inscribe a Bre-Check usando ese código (vía URL bre-check.com/signup?ref=CODIGO u otro mecanismo de captura), queda atribuido al Referidor.
  3. Si el negocio completa exitosamente su primer pago mensual a Bre-Check, se generan las comisiones descritas en la cláusula 4.

4. Comisiones

4.1 Bono inicial

Pagado por una sola vez al referido completar 30 días desde su primer cobro confirmado. Cantidad según el plan contratado:

4.2 Comisión recurrente mensual

10% del valor mensual del plan que pague el referido, durante un máximo de 12 meses corridos. Después del mes 13, el cliente queda 100% para Bre-Check y cesan las comisiones recurrentes.

Si el referido cambia de plan, la comisión recurrente se recalcula automáticamente al nuevo plan.

4.3 Retención en la fuente

Bre-Check aplicará la retención en la fuente por servicios (concepto: comisiones), según la condición tributaria declarada por el Referidor al registrarse:

Bre-Check certificará anualmente las retenciones practicadas mediante constancia electrónica.

5. Carencia anti-fraude

El bono inicial se libera para pago únicamente después de 30 días corridos desde el primer cobro mensual confirmado del referido. Si dentro de ese período el referido cancela su suscripción, le rebota la tarjeta o solicita reembolso, el bono se cancela automáticamente y el Referidor no tiene derecho a reclamarlo.

6. Periodicidad de pago

Las comisiones liberadas durante un mes calendario se pagan el día 5 del mes siguiente (o el día hábil siguiente si el 5 es festivo) mediante transferencia bancaria a la cuenta registrada por el Referidor.

El Referidor es responsable de mantener actualizada su información bancaria. Bre-Check no asume responsabilidad por pagos a cuentas erróneas si el Referidor no actualizó sus datos.

7. Documento soporte

Si el Referidor no tiene matrícula mercantil, Bre-Check emitirá mensualmente el correspondiente Documento Soporte de Adquisición a No Obligado a Facturar y lo entregará al Referidor por correo electrónico.

Si el Referidor tiene matrícula mercantil, deberá emitir factura electrónica DIAN a nombre de BRE-CHECK SAS (NIT 902076327-1) por el valor bruto de sus comisiones del mes. El pago se realizará contra entrega de dicha factura.

8. Prohibiciones (anti-fraude)

El incumplimiento de cualquiera de estas prohibiciones puede resultar en suspensión inmediata de la cuenta del Referidor y cancelación de comisiones pendientes no liquidadas.

9. Modificación del Programa

Bre-Check podrá modificar las condiciones del Programa (porcentajes, plazos, reglas) notificando al Referidor con al menos 30 días corridos de antelación. Las comisiones devengadas antes de la modificación se respetarán bajo las condiciones originales.

Bre-Check podrá terminar el Programa unilateralmente por causa justificada notificando con al menos 60 días de antelación, sin perjuicio de los derechos devengados por los Referidores activos.

10. Naturaleza jurídica

La relación entre el Referidor y Bre-Check es de naturaleza civil mercantil de mediación / intermediación comercial. No constituye relación laboral, ni vínculo de subordinación. El Referidor actúa como contratista independiente.

El Referidor es responsable de sus propios aportes a seguridad social cuando sus ingresos superen el umbral legal aplicable (actualmente 4 SMMLV mensuales).

11. Protección de datos

Los datos personales del Referidor son tratados conforme a la Política de Privacidad de Bre-Check. El Referidor autoriza expresamente el tratamiento de su nombre, cédula, contacto y cuenta bancaria con la finalidad de operar el Programa y reportar a las autoridades tributarias colombianas cuando aplique.

12. Resolución de conflictos

Cualquier controversia derivada del Programa será resuelta de buena fe entre las partes. De no llegar a acuerdo, las partes se someten a la jurisdicción ordinaria colombiana y a la legislación de la República de Colombia.

13. Aviso de independencia frente a Bre-B

El Programa de Referidos forma parte del servicio Bre-Check, el cual es un servicio privado de verificación de comprobantes, independiente del sistema Bre-B operado por el Banco de la República de Colombia y ACH Colombia. El Referidor reconoce y declara entender que al promover Bre-Check no puede afirmar ni sugerir asociación oficial con Bre-B, sus operadores o el Banco de la República.


Última actualización: junio de 2026. Para dudas: [email protected] o WhatsApp +57 301 500 4577.